El TEPJF resolvió sancionar a Samuel García a partir de la denuncia interpuesta por partidos contra el gobernador por violar la imparcialidad electoral al promover una rifa a favor de Jorge Álvarez Máynez en redes sociales.
El TEPFJ Sanciona a Samuel García
El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que el gobernador de Nuevo León, Samuel García, violó la imparcialidad electoral al promover una rifa de su camioneta Tesla Cybertruck para beneficiar al emecista Jorge Álvarez Máynez en la contienda presidencial.
La decisión fue emitida por la Sala Regional Especializada del TEPJF tras examinar publicaciones en redes sociales que, en opinión de los magistrados, vulneraban los principios de neutralidad y equidad durante la campaña presidencial, en favor de Movimiento Ciudadano (MC).
El fallo en contra de García, anunciado este martes 29 de octubre, se derivó de una denuncia del Partido Revolucionario Institucional (PRI), respaldada también por otros partidos, entre ellos el PAN, PRD y Morena.
Estos organismos argumentaron que la rifa y otras publicaciones similares constituían una contribución ilícita a la campaña de Álvarez Máynez, aprovechando el cargo de Samuel García para dar visibilidad y apoyo a MC. Según la sentencia, las publicaciones relacionadas con la rifa de la “Cyberfosfo” y otros eventos difundidos en redes sociales violaron los principios de equidad.
La Sala Superior del TEPJF, tras analizar las pruebas presentadas, multó a García y desestimó sus argumentos de defensa. A pesar de que el gobernador argumentó que la camioneta era de propiedad personal y defendió su derecho a la libertad de expresión, el Tribunal consideró que el uso de redes sociales personales para difundir actividades con implicaciones políticas contradecía las normativas de equidad electoral.
La Rifa del “Cyberfosfo” de Samuel García
La controversia en torno a la rifa comenzó el 8 de mayo de 2024, cuando Samuel García, mediante sus redes sociales oficiales y personales, anunció su intención de sortear su Cybertruck si Jorge Álvarez Máynez lograba desplazar a la candidata Xóchitl Gálvez al segundo lugar en las encuestas presidenciales.
Durante los días siguientes, del 8 al 12 de mayo, García continuó publicando contenidos en sus plataformas de Facebook, Instagram, X y TikTok para incentivar la participación en la rifa y exponer los requisitos para participar. Esto suscitó reacciones en el entorno político y denuncias de partidos de oposición.
El PRI, en particular, presentó una denuncia ante el TEPJF, argumentando que la rifa constituía un uso indebido de recursos públicos y violaba la neutralidad que se exige a los funcionarios en época electoral. A esto se sumaron los partidos PAN, PRD y Morena, cuyos representantes enfatizaron que el acto de promoción y la exposición del emecista Máynez vulneraban los principios de imparcialidad y equidad en la contienda.
La defensa del gobernador se centró en alegar que la camioneta no era un recurso público, sino una posesión personal, y que la iniciativa de la rifa respondía a un ejercicio de libertad de expresión. Sin embargo, los magistrados concluyeron que, al utilizar sus plataformas para dar comunicados oficiales de su cargo público y personales para promover la iniciativa, García desatendió los principios de neutralidad y utilizó su posición para influir en la contienda en favor de su partido.
Resolución del Tribunal Electoral
La Sala Regional Especializada del TEPJF dictaminó que la promoción de la rifa de la camioneta constituía una falta que requería sanción. En consecuencia, la Sala emitió una multa contra Samuel García por violación a la equidad en la contienda presidencial, considerando que sus publicaciones favorecieron directamente al emecista Jorge Álvarez Máynez.
La decisión de los magistrados fue unánime, enfatizando que las acciones de García, a través de plataformas de redes sociales que incluyen aspectos de su cargo oficial, afectan la equidad en procesos electorales.
Durante el proceso, García intentó revertir la sanción inicial argumentando que la rifa jamás se llevó a cabo y que no existió un beneficio tangible derivado de las publicaciones. No obstante, el Tribunal concluyó que la difusión de contenido en las redes sociales del gobernador era una forma de promoción con implicaciones políticas en el contexto de su posición oficial, aunque se tratara de una propiedad personal.
La resolución señala que el Congreso local de Nuevo León será el encargado de analizar y, en su caso, proceder con las sanciones adicionales que considere pertinentes. El fallo del TEPJF también sirve como un llamado de atención a otros funcionarios en ejercicio de sus cargos para evitar cualquier actividad que pudiera interpretarse como una contribución ilícita o como parcialidad en contiendas electorales.
Líderes de Partidos Apoyan el Fallo de la Sala Superior
El fallo fue respaldado por líderes de los partidos denunciantes, quienes señalaron la importancia de mantener la neutralidad en el ejercicio de funciones públicas. Los representantes del PRI, PAN, PRD y Morena, recalcaron la necesidad de aplicar medidas firmes ante actos que vulneren el sistema democrático y subrayaron que este tipo de acciones deben ser evitadas para proteger la equidad en la competencia electoral. La sanción contra García también ha sido interpretada como un mensaje preventivo hacia otros funcionarios públicos que deseen participar en campañas políticas sin abandonar sus cargos oficiales.
Los magistrados del TEPJF destacaron que la política de neutralidad es fundamental para garantizar la equidad en los comicios, y que cualquier desvío o conducta que rompa este principio será evaluada y sancionada conforme a la ley. Este fallo representa un precedente para situaciones en las que funcionarios, sin abandonar sus cargos, promuevan campañas políticas, subrayando que los recursos, medios y espacios utilizados para tal fin no deben interferir en las contiendas electorales.